Boletín 120 – Manual operativo apoyo a la generación de empleo estrategia Sacúdete
Asunto: Con el fin de dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo y ante la situación de desempleo
estructural que afecta especialmente a los jóvenes menores de 28 años, la cual, se ha visto agudizada
por los efectos de la pandemia por Covid-19, el Gobierno nacional, mediante el Decreto 688 del 24 de
junio de 2021 que adicionó la Sección 10 al Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto
1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, creó el apoyo para la generación de empleo
para jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete, la cual, se encuentra integrada en el artículo 209 de la
Ley 1955 de 2019 y cuyo objetivo es generar mecanismos que permitan fomentar la vinculación laboral
de los jóvenes y el desarrollo de sus talentos, capacidades y habilidades individuales.
Fuente: Ministerio de Trabajo
Ver: https://francoasesores.co/wp-content/uploads/2021/11/MANUAL-OPERATIVO-SACUDETE.pdf
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Boletín 119 – Funciones del revisor fiscal en PH
Asunto: “El revisor fiscal fue nombrado por asamblea de copropietarios, pero no está prestando los servicios al conjunto como debiera, no hace visitas al conjunto y por tanto no está revisando las operaciones que se realizan, como tampoco emite informe mensual con lo encontrado en el mes o sugerencias para mejorar el control, no asiste a las reuniones de entrega de Estados Financieros mensual, como tampoco se comunica vía telefónica con el administrador.
Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Publica
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Boletín 118 – Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés
Asunto: Que el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021, establece que: “Reducción transitoria de sanciones
y de tasa de interés para los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN, así como respecto de los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial. Para las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN así como respecto de los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, que se paguen hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021, y para las facilidades de pago que se suscriban con la DIAN y los entes territoriales hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021 respecto a las
obligaciones que presenten mora en el pago a treinta (30) de junio de 2021, y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19.
Fuente: Dian
Ver: Resolución 000126 de 29-10-2021
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