Asunto: Que las disposiciones de plazos del año 2021, de que tratan los Decretos 1680 de 2020, 374, 375 Y 612 de 2021, compilados en el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, y que se retiran para incorporar las del año 2022, conservan su vigencia para el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales y formales para los contribuyentes y responsables de los impuestos del orden nacional, y para el control que compete a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
Fuente: Ministerio de Hacienda y crédito publico.