Boletín 158 – Lugar y plazos para presentación y pago de las declaraciones de la vigencia 2023 de Santiago de Cali
Asunto: Lugares y plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarías: La presentación de las declaraciones tributarias deberá efectuarse en los lugares que para tal efecto señale el Subdirector de Impuestos y Rentas Municipales.
Que la norma establece que a partir del primer bimestre del año gravable, se deberá dar aplicación por parte de los grandes contribuyentes de los impuestos distritales, en presentar de manera Bimestral el pago del Impuesto de Industria y Comercio del año gravable 2023Que la norma establece que a partir del primer bimestre del año gravable, se deberá dar aplicación por parte de los grandes contribuyentes de los impuestos distritales, en presentar de manera Bimestral el pago del Impuesto de Industria y Comercio del año gravable 2023.
Fuente: Alcaldía de Santiago de Cali
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Boletín 157 – Plazos para declarar y pagar impuestos de orden nacional en el año 2023
Asunto: Presentación de las declaraciones tributarias. La presentación de las declaraciones litográficas del impuesto sobre la renta y complementario, de ingresos y patrimonio, impuesto sobre las ventas -IVA, impuesto nacional al consumo, retenciones en la fuente y autorretenciones efectuará por ventanilla en los bancos y demás entidades autorizadas para recaudar ubicados en el territorio nacional, salvo aquellos contribuyentes y responsables obligados a declarar virtualmente, quienes deberán presentarlas a través de los sistemas informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Publico
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Boletín 156 – Ley 2277 del 13 de diciembre 2022 Por medio del cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones
Asunto: ARTÍCULO 1 º· OBJETO. Con el propósito de apoyar el gasto social en la lucha por la igualdad y la justicia social y consolidar el ajuste fiscal, la presente ley tiene por objeto adoptar una reforma tributaria que contribuya a la equidad, progresividad y eficiencia del sistema impositivo, a partir de la implementación de un conjunto de medidas dirigidas a fortalecer la tributación de los sujetos con mayor capacidad contributiva, robustecer los ingresos del Estado, reforzar la lucha contra la evasión, el abuso y la elusión, y promover el mejoramiento dé la salud pública y el medio ambiente.
Fuente: Congreso de Colombia
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Boletín 155 – Decreto No. 1601 Presunción de ingresos para los trabajadores independientes por cuenta propia con contrato diferente a la prestación de servicios
Asunto: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 1393 de 2010: «Las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud deben hacerse sobre la misma base de las cotizaciones efectuadas al Sistema de Riesgos Profesionales y de las realizadas al Sistema General de Pensiones. (…)»
Que el artículo 19 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 6 de la Ley 797 de 2003, indica que los afiliados al sistema que «(…) no estén vinculados mediante contrato de trabajo, contrato de prestación de servicios o como servidores públicos, cotizarán sobre los ingresos que declaren ante la entidad a la cual se afilien, guardando correspondencia con los ingresos efectivamente percibidos (…).»
Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social.
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