Asunto: El Subdirector de Impuestos y Rentas de Santiago de Cali, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto 411.0.20.0673 de 2016, el articulo 68 del decreto Extraordinario No. 411.0.20.0516 de 2016, el articulo 4 del Decreto Extraordinario 411.0.20.0139 de 2012.
Que en el marco constitucional todo ciudadano debe contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado mediante el pago de los tributes fijados por el, dentro de los principios de justicia y equidad.
Fuente: Alcaldía de Santiago de Cali