Asunto: Que el artículo 44 de la Ley 2155 de 2021 modificó el inciso 1 y el literal b) del numeral 1 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario, así: . «1. Incentivo tributario para empresas de economía naranja. Las rentas provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas, por un término de cinco (5) años, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: b) Las sociedades deben ser constituidas e iniciar su actividad económica antes del 30 de junio de 2022.» Que el artículo 65 de la Ley 2155 de 2021 derogó el literal f) del numeral 1 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario.
Fuente: Ministerio de Hacienda y crédito publico.