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Boletín 46 – Plazos para presentación y pago de impuesto de Industria y Comercio
«Por la cual se establecen los lugares y plazos para la presentación y pago de la declaración y liquidación privada del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros por el año gravable 2019, vigencia fiscal 2020, se fijan los lugares y plazos para la presentación y pago de la declaración de retención y autorretención en la fuente del impuesto de industria y comercio, se señala el valor adicional de impuesto por cada oficina del sector financiero y se dictan otras disposiciones de carácter tributario»
Ver Resolución: Res 1350 30 dic 19 plazos y lugar presentacioìn ICA Cali
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Boletín 45 – Reglamentación en materia tributaria
Con el Decreto 2345 del 23 de diciembre de 2019, se reglamentan los artículos 260-5,260-9, 356-3, 364-5, 378, 381,512-1, 512-6,555-2,579,579-2,580,588,591,592,595,596, 598, 599, 600, 602, 603, 605 , 606 ,607 ,800,803,811,876,817,910 Y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221 y 222 de la Ley 1819 de 2016, se sustituye el artículo 1.6.1.5.6. del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1, se modifica el epígrafe y se sustituyen y adicionan unos artículos a la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Ver Decreto: DECRETO 2345 DEL 23 DICIEMBRE DE 2019
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Boletín 44 – Modificaciones al Estatuto Tributario de Santiago de Cali
Con el Acuerdo 0469 de diciembre de 2019, se efectuó una modificación parcial al estatuto tributario de Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones.
Ver Acuerdo: Estatuto Tributario de Santiago de Cali – Acuerdo 0469 de 2019
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Boletín 43 – Salario mínimo legal mensual vigente y auxilio transporte año 2020
Con el Artículo 1 del Decreto 2360 de diciembre de 2019, se fijó el Salario Mínimo Legal Mensual vigente para año 2020 a partir primero (1°) de enero de 2020.
Con el Artículo 1 del Decreto 2361 de 2019, se fijó el Auxilio de transporte para 2020. Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veinte (2020)
Ver Decretos. DECRETO 2360 SMLV AG2020 DIC26 2019
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Boletín 42 – Reforma Tributaria
Resumen de principales aspectos de la Reforma Tributaria
Ver: Reforma Tributaria
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Boletín 41 – Estados Financieros Supersociedades 2019
Por medio de este acto administrativo se establecen los plazos y requisitos
mínimos para la presentación a través de¡ Sistema Integrado de Reportes
Financieros —SIRFIN, de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de
2019, junto con los documentos adicionales requeridos
Ver: Circular externa 201-000008 Estados Financieros_2019_supersociedades
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Boletín 40 – Novedades tributarias – Proyecto de Ley No. 278 de 2019
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NO. 278 DE 2019
CÁMARA Y 227 DE 2019 SENADO, por medio de la cual se adoptan normas para
la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento
de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema
tributario.
Ver: Novedades tributarias-380 Reforma Tributaria 2019 – ponencia primer debate
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Boletín 39 – Régimen especial en materia tributaria para las sociedades comerciales existentes
Régimen especial en materia tributaria para las sociedades comerciales existentes y las que se constituyan en la Zona Económica y Social Especial – ZESE.
Por el cual se reglamenta el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019 y se adiciona la Sección 2 al Capítulo 23 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
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Boletín 38 – SOCIEDADES COMERCIALES DE BENEFICIO E INTERÉS COLECTIVO (BIC)
Adiciónese el Capítulo 15 al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario
del Sector Comercio, Industria y Turismo.
Objeto y ámbito de aplicación. El presente Capítulo tiene por objeto reglamentar la condición de sociedades comerciales de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) de las que trata la Ley 1901 de 2018.
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Boletín 37 – Se crea una sociedad que se denominará «Grupo Bicentenario»
Artículo 1°. Creación, denominación, vinculación y naturaleza jurídica
Créase una sociedad por acciones, denominada Grupo Bicentenario, de la Rama Ejecutiva
del orden nacional, la cual, una vez constituida legalmente formará una persona
jurídica distinta de sus accionistas, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, y con domicilio en Bogotá. El Grupo Bicentenario será una sociedad de
economía mixta de régimen especial, regida por el derecho privado
La sociedad Grupo Bicentenario tendrá por objeto servir como
matriz o controlante de acuerdo con lo establecido en el artículo 260 del Código de
Comercio, de las sociedades o entidades que el Gobierno Nacional defina, para
desarrollar aquellas actividades incluidas en los estatutos sociales de la sociedad
Grupo Bicentenario que sean necesarias para el cumplimiento de las finalidades
establecidas en el artículo 331 de la Ley 1955 de 2019.
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